La ley ofrece diferentes herramientas para salir del bloqueo entre herederos:
• Extinción de condominio (división de cosa común): procedimiento para poner fin a la copropiedad. Si alguien no quiere vender, el juez puede ordenar la venta o adjudicación.
• Acuerdo privado entre herederos: siempre se intenta primero. Permite pactar reparto, adjudicación o compensaciones.
• Venta en subasta judicial: si el diálogo se rompe, el inmueble puede salir a subasta judicial para repartir el precio.
• Compensación por uso: si un heredero disfruta del bien en exclusiva, puede exigirse indemnización a favor de los demás.
Cada caso se estudia para encontrar la vía más rápida y justa, evitando que la herencia se eternice por falta de acuerdo.
Tipos de herencias y situaciones habituales
Herencia con testamento: aunque haya testamento, puede generar dudas, especialmente cuando el reparto no es concreto.
Herencia sin testamento (ab intestato): la ley asigna herederos, pero no resuelve los desacuerdos sobre bienes.
Herencias con deudas: es posible aceptar con beneficio de inventario para evitar responder con el patrimonio propio.
Vivienda con usufructo: cuando el cónyuge viudo mantiene derechos, surgen dudas sobre venta o compensaciones.
El despacho guía a los herederos en cada modalidad, explicando con claridad opciones, derechos y límites legales.
Impuestos y gastos de la herencia
Aceptar una herencia conlleva obligaciones fiscales que no se pueden ignorar:
• Impuesto de Sucesiones: debe presentarse en seis meses desde el fallecimiento, con posible prórroga. No hacerlo implica sanciones.
• Plusvalía municipal: se paga al transmitir el inmueble heredado. Puede impugnarse si no hay incremento real.
• Gastos notariales y registrales: necesarios para inscribir los bienes y poder vender o adjudicar.
El despacho asesora para evitar intereses, recargos y errores que luego resulten costosos para los herederos.
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